Delegan en la Superintendencia de Arrendamientos de Vivienda los procedimientos conciliatorios

Delegan en la Superintendencia de Arrendamientos de Vivienda los procedimientos conciliatorios

Gaceta oficial

En la Gaceta Oficial N° 40.694 de fecha jueves 02 de julio de 2015, el Ministerio para Hábitat y Vivienda emitió la Resolución Nro. 142 mediante la cual se delega en la Superintendencia Nacional de Arrendamientos de Vivienda, las competencias para la tramitación de procedimientos conciliatorios, previos al ejercicio de cualquier acción judicial que pudiera conllevar una decisión  que implique la pérdida o tenencia de una vivienda principal. noticierolegal.com

En el texto de la Resolución N° 142 se explica que en el ejercicio de la delegación otorgada, la Superintendencia  tendrá las atribuciones que a continuación se especifican:

  1. La sustanciación y decisión de los procedimientos conciliatorios previstos en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley contra el Desalojo y la Desocupación Arbitraria de Viviendas.
  2. La firma de los actos administrativos, tanto de trámite como definitivos, que se dicten en el marco de los procedimientos conciliatorios previstos en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley contra el Desalojo y la Desocupación Arbitraria de Viviendas.

Igualmente a fin de dar cumplimiento a la presente Resolución, queda plenamente facultado el ciudadano JOSÉ RAFAEL JIMENEZ VILLASANA, titular de la Cédula de Identidad N° V.-10.658.544, en su condición de Superintendente Nacional de Arrendamientos de Vivienda, designado mediante Decreto 1.017 de fecha 03 de Junio de 2014, publicado en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.425 de fecha 03 de Junio de 2014, de la ejecución y cumplimiento de dichos procedimientos, pudiendo este designar, previa aprobación del Ministro del Poder Popular de Hábitat y Vivienda, a los funcionarios que se encargarán de estos procedimientos a nivel nacional.

“La presente Resolución deja sin efecto la delegación la atribución para la tramitación de los procedimientos administrativos conciliatorios, concedida a los Directores Ministeriales del Ministerio del Poder Popular para Hábitat y Vivienda”, aclara la resolución.

Esta resolución entra en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial N° 40.694.

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